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Created with Fabric.js 1.4.5 COMPROBANTES DE VENTA, RETENCIÓN Y DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS COMPROBANTES DE VENTA: COMPROBANTES DE RETENCIÓN: DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS Facturas: Notas de venta - RISE: Liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios: Boletos o entradas a espectáculos públicos Notas de crédito: Notas de débito: Guías de remisión: OTROS: con ocasión de la transferencia de bienes, de la prestación de servicios o la realización de otras transacciones gravadas con impuestos. Tiquetes emitidos por máquinas registradoras a) Servicios prestados por personas naturales no residentes en el país;b) Servicios prestados por sociedades extranjeras que no posean domicilio ni establecimiento permanente en el país;c) Rusticidad;d) Realizadas para el sujeto pasivo por uno de sus empleados en relación de dependencia, con comprobantes de venta a nombre del empleado. e) De servicios prestados por quienes han sido elegidos como miembros de cuerpos colegiados de elección popular en entidades del sector público, exclusivamente en ejercicio de su función pública en el respectivo cuerpo colegiado y que no posean RUC activo. exclusivamente los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado. acreditan la transferencia de bienes o la prestación de servicios o la realización de otras transacciones gravadas con tributos acreditan la retención de impuestos. para anular operaciones, aceptar devoluciones y conceder descuentos o bonificaciones. para el cobro de intereses de mora y para recuperar costos y gastos, incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisión del comprobante de venta. sustenta el traslado de mercaderías por cualquier motivo dentro del territorio nacional. artículo 4 Reglamento de Comprobantes... Deberán conservarse durante el plazo mínimo de 7 años Se podrán dar de baja aquellos que no vayan a ser utilizados en el plazo máximo de 15 días desde los motivos del Art.49. Los sujetos pasivos que hayan sido autorizados para emitir comprobantes de venta, retención y documentos complementarios electrónicamente mediante mensajes de datos, no están obligados a emitir y entregar de manera física dichos documentos. Para efectos de justificación por parte del adquirente, de costos y gastos o créditotributario, los sujetos pasivos que hayan emitido tiquetes u otros comprobantes de venta que no permitan tal justificación, están obligados a canjearlos por otros que, permitiendo la identificación del adquirente, sirvan para justificar costos y gastos o crédito tributario.
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